Motivos por los que comprar o constituir una sociedad en vez de crearla telemáticamente:

A continuación vamos a enumerar una serie de motivos por los que consideramos que sigue siendo mejor comprar una sociedad que constituirla telemáticamente, ( medidas anticrísis del Ejecutivo , Real Decreto del 2/12/2010, ).

1.- La imposibilidad de que alguno de los socios de este tipo de sociedades , pueda ser una persona jurídica, ( otra empresa), ya que se deben ajustar a unos estatutos aprobados por Decreto Ley, en los cuales se elimina esta posibilidad.

2.- Por los mismos motivos explicados en el punto 1.- , la imposibilidad de modificar o adaptar cualquiera de sus estatutos  como; objeto social, régimen regulador de los derechos de adquisición de las participaciones, etc…

3.- La descordinación y falta de colaboración entre la Administración, los Notarios y los Registradores, deriva en que finalmente los Emprendedores se encuentren con multitud de trabas a la hora de constituir este tipo de sociedades.

4.-Los registradores mercantiles indican que la denominación de la constitución (establecer el nombre de la compañía) debe realizarse el mismo día que se constituye la empresa  , una exigencia “a espaldas de la realidad” porque “no hay tiempo para tramitar ambas cosas al mismo tiempo”. Y ahí se dificultan los procesos.

5.- Si  a todos estos motivos anteriores, añadimos todas  las  clásicas  y conocidas ventajas de las sociedades ya constituidas para su transmisión, también conocidas como sociedades “dormidas” o preconstituidas:

- Rapidez y operatividad inmediata.

- No es  necesario   desembolsar el capital social.

- Posibilidad inmediata de adaptación de los estatutos sociales a medidad de cada cliente.

- Confidencialidad de los socios.

- Ahorro de tiempo y trabas legales.

-La  garantía de inactividad y ausencia de deudas  previas.

Las  conclusiones que las saque cada uno ,  pero resulta más que evidente porqué es mejor y más eficiente la compra de una sociedad ya constituida para su posterior transmisión  o en último caso la constitución “a medida” de una sociedad mercantil por los cauces tradicionales.

Jaume G.

Sbm sociedades.

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